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Conoce nuestro Seguro Desgravamen

Nuestro Seguro de Desgravamen es un seguro de vida vinculado al crédito, protege a los familiares de la deuda que se tiene con la entidad financiera en caso de fallecimiento o invalidez del titular del crédito y garantiza el pago del saldo deudor liberando a su familia de toda responsabilidad económica.

  • Máximo aseguramiento

    S/ 200,000

  • Coberturas

    • Muerte natural.
    • Muerte accidental.
    • Invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.
    • Sobrevivencia (aplica para Desgravamen con Devolución)

El presente contrato de seguros no otorga cobertura a los siniestros ocurridos como consecuencia de, en relación a, o como producto de:

  • Guerra o guerra civil, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, declarada o no, rebelión, revolución, insurrección, sublevación, sedición, motín, terrorismo, conmoción civil.
  • Por acto delictivo contra el asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el beneficiario o heredero, dejando a salvo el derecho de recibir la suma asegurada de los restantes beneficiarios o herederos, si los hubiere, así como su derecho de acrecer.
  • Detonación nuclear, reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva.
  • Viajes o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida oficialmente para el transporte de pasajeros y sujeta a itinerario.
  • Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas, incluyendo carreras de entrenamiento.
  • Realización de actividades riesgosas y/o deportes riesgosos: escalamiento, alpinismo, andinismo, montañismo, paracaidismo, parapente, ala delta, aeronaves ultraligeras, salto desde puentes o puntos elevados al vacío, buceo profesional o de recreo, inmersión o caza submarina, canotaje y práctica de surf.
  • Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA).

El presente contrato de seguros no otorga cobertura a los siniestros ocurridos como consecuencia de, en relación a, o como producto de:

  • Enfermedades preexistentes, entendiéndose como aquellas enfermedades o alteraciones del estado de salud que se le hayan diagnosticado por un profesional médico colegiado al asegurado con anterioridad a la contratación del seguro, conocida por este y no resuelta en el momento previo a la presentación de la declaración de salud.
  • Suicidio consciente y voluntario, salvo que hubiese transcurrido dos (2) años completos desde la fecha de contratación del seguro.
  • Guerra o guerra civil, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, declarada o no, rebelión, revolución, insurrección, sublevación, sedición, motín, terrorismo, conmoción civil.
  • Por acto delictivo contra el Asegurado cometido en calidad de autor o cómplice por el Beneficiario o heredero, dejando a salvo el derecho de recibir la Suma Asegurada de los restantes Beneficiarios o herederos, si los hubiere, así como su derecho de acrecer.
  • Detonación nuclear, reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva.
  • Viajes o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida oficialmente para el transporte de pasajeros y sujeta a itinerario.
  • Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas, incluyendo carreras de entrenamiento.
  • Realización de actividades riesgosas y/o deportes riesgosos: escalamiento, alpinismo, andinismo, montañismo, paracaidismo, parapente, ala delta, aeronaves ultraligeras, salto desde puentes o puntos elevados al vacío, buceo profesional o de recreo, inmersión o caza submarina, canotaje y práctica de surf.
  • Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA).
  • Cualquier accidente que se produzca bajo la influencia de alcohol (en grado igual o superior a 0.5gr/lt. de alcohol en la sangre), salvo que el asegurado haya sido sujeto.

  • Requisitos

      • Ser titular de un crédito en Los Andes.
  • Titular

    • Edad mínima de ingreso: 18 años.
    • Edad máxima de ingreso: 74 años y 364 días (inclusive).
    • Edad límite de permanencia: 79 años y 364 días (inclusive).
    • Para personas entre 74 a 79 años y 364 días (inclusive) se da una cobertura total de S/3,000.
  • Cónyuge

    • Edad mínima de ingreso: 18 años.
    • Edad máxima de ingreso: 74 años y 364 días (inclusive).
    • Edad límite de permanencia: 79 años y 364 días (inclusive).

Nota: aplica pre-existencia a partir de los 65 años para el cónyuge.

Seguro Desgravamen suma asegurada

* Tiempo de respuesta de DPS es de 4 horas

* Tiempo de respuesta de DPS mas exámenes médicos es de 72 horas.

  • Forma de pago
    • La prima es cobrada mensualmente en el cronograma de pagos.

  • Documentos a presentar en casos de siniestros ocurridos por:
  • Solicitud de cobertura.
  • Acta de defunción del asegurado.
  • Certificado de defunción del asegurado.
  • Documento de Identidad del asegurado copia simple.
  • Posición del cliente (reporte del estado de deuda o crédito) a la fecha de ocurrencia del siniestro.
  • Solicitud de cobertura.
  • Documento de Identidad del asegurado (copia simple).
  • Acta de defunción del asegurado.
  • Certificado de defunción del asegurado.
  • Posición del cliente (reporte del estado de deuda o crédito) a la fecha de ocurrencia del siniestro.
  • Protocolo de necropsia, si lo hubiere.
  • Atestado policial, si lo hubiere.
  • Resultado del examen toxicológico, si lo hubiera.
  • Solicitud de cobertura.
  • Documento de Identidad del asegurado.
  • Certificado médico otorgado por una comisión medica y expedida por la autoridad de salud competente (Essalud o Ministerio de Salud), en la cual se indique el grado y naturaleza de la invalidez, o las zonas del cuerpo afectadas (original o copia con certificación de reproducción notarial, antes copia del seguro y que hayan ocasionado menoscabos en la capacidad física de asegurado antes del inicio del seguro. Para determinar el grado de invalidez que es materia de cobertura del presente seguro se usará la tabla anexa al D.S 024-2002-MTC.
  • Posición del cliente (reporte del estado de deuda o crédito) a la fecha de ocurrencia del siniestro.
  • En caso sea necesario y esté debidamente fundamentado, Protecta Security podrá solicitar documentos adicionales para evaluar el siniestro.
  • Atestado policial, si lo hubiere.
  • Resultado del dosaje etílico del asegurado, si lo hubiere.
  • Información sobre la fecha y lugar de la ocurrencia, mediante carta simple.
  • Canales de atención
    • Los Andes: en cualquier oficina a nivel nacional.
      Ver locales
    • Seguro Protecta S.A.: línea de Atención al Cliente (01) 391-3000 (Lima) y 0801-1-1278 (provincia) o escríbenos a clientes@protectasecurity.pe.

  • Canales de atención Protecta S.A.:
    • Atención presencial: Av. Domingo Orué 165, 8° piso – Surquillo, Lima.
    • Atención telefónica: (01) 391-3000 (Lima) y 0-801-1-1278 (provincia).
    • Correo electrónico: clientes@protectasecurity.pe
    • Página Web: protectasecurity.pe
    • Horario de atención es de lunes a viernes de 9 a.m. a 6 p.m.
  • En caso que el cliente no esté conforme con la respuesta que fue otorgada a su reclamo puede acudir a la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS, Defensoría del Asegurado o Indecopi o a través de las páginas web:
    www.defaseg.com.pe
    www.sbs.gob.pe
    www.indecopi.gob.pe
  • Contratante: persona natural o jurídica que firma el contrato de seguro con la compañía aseguradora, en este caso Los Andes.
  • Asegurado: persona natural que cumple con los requisitos de edad y asegurabilidad establecidos en la póliza de seguro y cuya vida se asegura en la misma.
  • Beneficiario: titular de los derechos indemnizatorios establecidos en la póliza.
  • Declarante: es la persona que declara la ocurrencia de un siniestro.
  • El seguro estará vigente desde el desembolso del crédito hasta su cancelación total, o hasta la fecha en la que cumplas la edad máxima de permanencia en el seguro, o hasta que ocurra un siniestro.
  • El pago de la prima está a cargo del asegurado y se realiza junto con el pago del crédito, según lo indicado en su cronograma de pagos y en los otros documentos contractuales del crédito.
  • En caso desees desafiliarte de este seguro, deberás coordinar con Los Andes el endoso de la póliza que de manera particular has contratado con otra aseguradora y que cumple con los requisitos solicitados por Los Andes. Luego, ellos se encargarán de cancelar el seguro con nosotros.
  • Es obligación de los asegurados cumplir con el pago de la prima, de acuerdo con la frecuencia y medio de pago elegido al momento de la adquisición del seguro. Si el asegurado no cumple con esta obligación, transcurrido 30 días desde vencimiento del plazo de pago, la cobertura del seguro queda suspendida.
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